Art. 17, fracción IV LFPIORPI

Mutuo, préstamos y créditos: umbrales y obligaciones PLD 2026

Última actualización: 21 de agosto de 2026 · Revisado por Kawiil MX, oficial de cumplimiento

Si tu actividad es mutuo, garantías, préstamos y créditos no financieros, eres sujeto obligado por el Art. 17, fracción IV LFPIORPI. Identificas al cliente en toda operación, sin umbral y presentas Aviso al SPPLD desde 1,605 UMAs ($188,282.55).

¿Eres sujeto obligado?

La calidad de sujeto obligado no la otorga la autoridad: la genera el hecho de realizar la Actividad Vulnerable de forma habitual o profesional. Nadie te notifica que ya lo eres. Si te reconoces en esta lista, lo eres desde tu primera operación:

Qué dice la ley

“El ofrecimiento habitual o profesional de operaciones de mutuo o de garantía o de otorgamiento de préstamos o créditos, con o sin garantía, por parte de sujetos distintos a las Entidades Financieras.”Art. 17, fracción IV LFPIORPI

Los montos que la ley expresa en salarios mínimos se leen hoy en UMAs, por el decreto de desindexación del salario mínimo. Por eso todos los umbrales de esta página están en UMAs y su equivalente en pesos se recalcula cada 1 de febrero, cuando el INEGI publica el nuevo valor.

Umbrales: cuándo identificas y cuándo avisas

ConceptoUmbral en UMAsEquivalente en pesosCómo se mide
Identificación del cliente Sin umbral Toda operación La fracción IV no fija monto: se identifica en toda operación de mutuo, garantía, préstamo o crédito.
Aviso al SPPLD 1,605 UMAs $188,282.55 Por acto u operación.

Calculado con la UMA vigente desde el 1 de febrero de 2026: $117.31 diarios (INEGI). Los umbrales están fijados en UMAs por la ley y las RCG: la cifra en pesos cambia cada 1 de febrero, la cifra en UMAs no.

Los umbrales de las 17 fracciones, con su histórico de UMA para reconstruir avisos de ejercicios anteriores, están en la tabla comparativa de umbrales.

La forma de tu umbral, dibujada

Dónde empieza cada obligación, sobre el mismo eje. Las dos compuertas del recorrido —identificar y avisar— caen en puntos distintos, y entre ellas hay un tramo que casi siempre se lee mal.

Fracción IV · Mutuo, préstamos y créditos Identificas — desde el primer peso Identificas y presentas Aviso Siempre sin umbral de identificación 1,605 UMAs $188,282.55 · aviso
Identificas Identificas y avisas
Calculado con la UMA vigente desde el 1 de febrero de 2026: $117.31 diarios (INEGI). Aquí no hay tramo sin obligación: la identificación arranca desde la primera operación y solo el Aviso tiene umbral. El recorrido completo, con sus dos compuertas, está en el centro de conocimiento.

Tus obligaciones

Las siguientes obligaciones son propias de tu actividad y son las que se revisan primero en una visita de verificación:

Y las que aplican a todo sujeto obligado

Anexos del RCG que te aplican

Anexos 3 a 8 — expediente único de identificación. Los formatos de identificación del cliente y del beneficiario controlador. Definen qué documento pides, qué campo capturas y qué se vale como comprobante de domicilio. El expediente se integra por cliente y se alimenta con cada operación. Por el tipo de cliente que atiendes, los formatos que vas a usar son:

Formato de Aviso de tu Actividad Vulnerable. El anexo del Aviso fija los campos obligatorios y el catálogo de claves. Un Aviso con un campo del catálogo equivocado se rechaza igual que uno incompleto.

Cómo se arma el expediente documento por documento está en el expediente único de identificación, y el trámite del envío en cómo presentar un Aviso en el SPPLD.

Recursos oficiales del SAT para esta actividad

El SAT publica, por cada Actividad Vulnerable, un paquete operativo que casi nadie usa y que resuelve la mayoría de los rechazos de Avisos:

Están en Mutuo, Préstamo o Crédito, en el portal del SPPLD.

Si tu Aviso se rechaza, el esquema XSD y el ejemplo de XML son el camino más corto para encontrar el campo que falla — cómo leer un rechazo.

Vale la pena tener a la mano otras dos páginas del portal: Criterios por reforma (DOF 16/07/2025) y Preguntas frecuentes y criterios. Son la interpretación de la autoridad que aplica la norma.

Qué pasa si no cumples

Las multas de la LFPIORPI están fijadas en UMAs y las impone el SAT. Las cifras en pesos de abajo se calculan con la UMA vigente.

SupuestoMultaFundamento
No atender los requerimientos de información del SAT 200 a 2,000 UMAs$23,462.00 a $234,620.00 Art. 53 fr. I en relación con el Art. 54 fr. I LFPIORPI
No identificar al cliente o usuario, no integrar el expediente único de identificación o no conservarlo los 10 años 200 a 2,000 UMAs$23,462.00 a $234,620.00 Art. 53 fr. II en relación con el Art. 54 fr. I LFPIORPI
No presentar el Aviso cuando el SAT ya lo requirió, o incumplir la prohibición de operar en efectivo del Art. 32 2,000 a 10,000 UMAs$234,620.00 a $1,173,100.00 Art. 53 fr. III en relación con el Art. 54 fr. II LFPIORPI
Omitir el Aviso, presentarlo fuera de plazo o presentarlo sin cumplir los requisitos 10,000 a 65,000 UMAs$1,173,100.00 a $7,625,150.00o del 10% al 100% del valor del acto u operación cuando sea cuantificable en dinero, la que resulte mayor Art. 53 fr. IV en relación con el Art. 54 fr. III LFPIORPI
Recibir efectivo por encima del límite del Art. 32 (o fraccionar la operación para no rebasarlo) Del 10% al 100% del valor del acto u operación, además de la nulidad del pago en efectivo Arts. 32 y 54 fr. III LFPIORPI
Reincidencia en la omisión de Avisos por parte de quien opera con patente, permiso, concesión o autorización Cancelación definitiva de la patente de agente aduanal, del permiso de juegos y sorteos o de la habilitación de corredor público Art. 55 LFPIORPI

Calculado con la UMA vigente desde el 1 de febrero de 2026: $117.31 diarios (INEGI).

Además de la multa: los delitos

ConductaPenaFundamento
Proporcionar información, documentación o datos falsos al SAT, o presentar Avisos con información falsaPrisión de 2 a 8 años y de 500 a 2,000 días multaArt. 62 LFPIORPI
Revelar o divulgar indebidamente la información, datos o imágenes del sistema de Avisos. El sujeto activo de la fracción I son los servidores públicos que intervienen en el sistema; la fracción II alcanza a cualquiera que revele o divulgue sin autorización.Prisión de 4 a 10 años y de 500 a 2,000 días multaArt. 63 LFPIORPI

Los días multa no se convierten con la UMA: se calculan sobre la percepción neta diaria del sentenciado (Art. 29 del Código Penal Federal).

El desglose completo, con los supuestos de reincidencia y de condonación, está en multas y sanciones de la LFPIORPI.

Errores frecuentes en mutuo, préstamos y créditos

Creer que hay umbral de identificación

No hay. El umbral de 1,605 UMAs es solo para el Aviso. Todo crédito, del monto que sea, exige expediente de identificación completo. Es el hallazgo número uno en las visitas de verificación a SOFOMes.

No identificar al obligado solidario ni al garante

El expediente suele traer al acreditado impecable y al aval en blanco. Quien garantiza la operación es parte de la operación y su identificación es exigible igual.

Confundir la matriz de riesgo de crédito con la de PLD

La matriz de crédito mide si te van a pagar. La de PLD mide si el dinero es lícito. Un acreditado con score perfecto puede ser de riesgo PLD alto, y presentar la matriz de crédito como si fuera la de PLD no acredita el cumplimiento.

Dejar el factoraje fuera del alcance

El descuento de facturas es una operación de crédito con garantía. Muchas operadoras de factoraje llevan años operando sin alta en el padrón del SPPLD porque no se ven como otorgantes de crédito.

Qué cambia con las RCG 2026

El Acuerdo 115/2026, publicado en el DOF el 7 de agosto de 2026, entra en vigor el 30 de noviembre de 2026. La mayor parte de las obligaciones operativas son exigibles hasta el 1 de marzo de 2027, y los mecanismos automatizados de monitoreo hasta el 1 de junio de 2027. Cuatro cosas que conviene tener listas:

Entra en vigor el 30 de noviembre de 2026; el grueso es exigible el 1 de marzo de 2027

El Transitorio Primero fija la entrada en vigor. Los transitorios Segundo, Tercero, Cuarto y Sexto llevan al 1 de marzo de 2027 la evaluación de riesgo, el manual, los capítulos de debida diligencia y los procedimientos de selección de personal. Los mecanismos automatizados de monitoreo, al 1 de junio de 2027 por el Transitorio Noveno.

Beneficiario controlador: el 25% o más del capital, y más del 25% del voto

El Acuerdo manda un orden de prelación. Primer escalón: la persona física —o el grupo de personas físicas— que directa o indirectamente sea titular o posea el 25% o más del capital social. Y por control efectivo, quien mantenga los derechos para ejercer el voto respecto de más del veinticinco por ciento. Cada supuesto está redactado distinto, y ahí está la diferencia: «o más» alcanza al socio con exactamente esa participación; «más del» lo deja fuera.

El perfil transaccional se evalúa al menos cada seis meses

La evaluación semestral es del perfil transaccional del cliente, para determinar si hay que modificarlo. Se hace sobre clientes cuyo acto u operación se realizó al menos con seis meses de anticipación.

Revalida los catálogos de tu formato de Aviso antes de la entrada en vigor

Los Avisos se rechazan más por clave de catálogo desactualizada que por datos faltantes. Antes del 30 de noviembre conviene cargar los catálogos vigentes y probar un Aviso con cada tipo de operación que manejas.

El momento de la operación se movió: ya no es la firma, es la entrega

Con el Reglamento reformado, publicado en el DOF el 27 de marzo de 2026, la operación se tiene por realizada con la puesta a disposición efectiva de los recursos, no con la firma del contrato. Para una SOFOM o una casa de empeño esto mueve la fecha del Aviso: un crédito firmado a fin de mes cuyos recursos se entregan en el siguiente se avisa en el periodo de la entrega. Si tu sistema toma la fecha del contrato, va a generar Avisos en el periodo equivocado.

El calendario completo de exigibilidad, el checklist previo al 30 de noviembre de 2026 y lo que todavía falta publicar de la autoridad están en qué cambia con las Reglas de Carácter General 2026.

Preguntas frecuentes

Le presté a un proveedor una sola vez. ¿Soy sujeto obligado?

Un préstamo aislado y ajeno a tu giro no configura el ofrecimiento habitual o profesional. Si el crédito a clientes o proveedores es parte ordinaria de tu operación, sí.

¿Las casas de empeño entran por la fracción IV?

Sí: el empeño es un préstamo con garantía prendaria. Además suelen quedar alcanzadas por la fracción VI cuando comercializan la prenda no redimida y esta es joyería o metal precioso.

¿Cómo se cuenta el umbral en una línea de crédito revolvente?

Por cada disposición. Una línea autorizada de 5,000 UMAs de la que se dispone en tramos de 400 UMAs genera Aviso cuando una disposición, o la serie vinculada de disposiciones, alcanza 1,605 UMAs.

Somos SOFOM regulada. ¿Aplica la LFPIORPI?

No: las SOFOMes reguladas son Entidades Financieras y quedan excluidas de la fracción IV. Su régimen son las disposiciones de carácter general de la CNBV.

¿El crédito entre empresas del mismo grupo genera Aviso?

Si rebasa el umbral, sí. Ser partes relacionadas no exenta; lo que hace es subir el estándar de documentación del origen de los recursos.

Cómo Ikán lo resuelve

El cumplimiento de esta fracción, automatizado

Ikán cubre la fracción IV en producción: catálogos del Aviso precargados, expediente de identificación con obligado solidario y garante, consulta a EFOS/EDOS y matriz de riesgo PLD separada de la de crédito.

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Otras fracciones relacionadas

Vuelve al centro de conocimiento de la Ley Antilavado o revisa las 17 actividades vulnerables del Art. 17.

Fuentes

Los umbrales están expresados en UMAs y los pesos se calculan con la UMA vigente. Calculado con la UMA vigente desde el 1 de febrero de 2026: $117.31 diarios (INEGI).

Información actualizada al 21 de agosto de 2026, con base en el Acuerdo 115/2026 publicado en el DOF el 7 de agosto de 2026 (nota 5795797) y en la información publicada por el SAT en el Portal de Prevención de Lavado de Dinero. El Acuerdo es una reforma y reproduce solo los artículos que modifica; para los demás rige el texto vigente. Contenido informativo, no constituye asesoría legal.